Los accidentes de tráfico muy pocas veces pueden ser relacionados con una única causa como indican las estadísticas de Dirección General de Tráfico. Existe una complejidad de factores concurrentes que pueden intervenir en la reclamación exitosa en una accidente de tráfico para conseguir una indemnización. Por lo que respecta a las personas los tres principales factores en los accidentes con víctimas y mortales son la distracción, velocidad inadecuada y alcohol. Pero hemos de saber en primer lugar quién puede reclamar o como se dice en terminología jurídico-procesal, quien está legitimado a hacerlo.
Quién puede reclamar una indemnización en un accidente de tráfico
Las personas que pueden reclamar son:
- El conductor no culpable del accidente (tenga seguro o no) y cualquier tercero que sufra las consecuencias del accidente (ciclista, peatón, etc)
- Los ocupantes del vehículo no culpable y los del vehículo causante del accidente.
- Los familiares del fallecido, si éste no fue el causante/culpable del accidente.
En segundo lugar, si vas a reclamar por un accidente de tráfico es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones.
- La más básica es recopilar en el parte de accidente toda la documentación relativa al mismo: lugar, fecha y hora del accidente, testigos (con datos completos), compañías aseguradoras, etc.
- Por pequeño que sea el accidente lo mejor es llamar a la Guardia Urbana para que levante atestado (es gratis), prueba fundamental en posterior reclamación o juicio si fuera necesario.
- Importantísima la documentación médica, que servirá de base para negociar con la compañía contraria o en su caso en el juicio para dirimir responsabilidades e importes a reclamar.
- Hay que ir al Hospital o Mutua, y hay que solicitar el parte médico de urgencias, con las lesiones, la hora y día de entrada en el hospital, las altas y bajas, etc.
¿Necesito contratar los servicios de un médico privado para una valoración de tus lesiones?
En supuestos concretos, dado el caso en nuestro bufete de abogados especializados en accidentes te indicaríamos la viabilidad de la posibilidad, se puede contratar los servicios de un médico privado, un informe de valoración de daños corporales. Esta valoración, aunque pueda ser una prueba costosa, saldrá a cuenta puesto que nos permitirá clarificar (y probar) las lesiones, en cuanto a su determinación y cuantía a reclamar.
Es importante no dejar pasar el tiempo no sea que nos prescriba o caduque el plazo para reclamar, ya que deberemos interponer demanda antes de los 12 meses.
B2B-Asesores trabaja a “quota litis”, lo que quiere decir que trabajamos a resultado, hasta que tu no cobres nosotros no cobramos, y el importe viene sujeto a un porcentaje de lo obtenido (20%).
Por ello, como no pedimos un importe fijo sino que cobramos un porcentaje del resultado, a diferencia de los abogados de las compañías de seguros, nos interesa, como a ti, obtener la mayor indemnización, sin importar tiempo ni esfuerzos.
Un buen abogado, a diferencia también de los “tramitadores” (muchos no son abogados) de las compañías de seguros, aparte de ser un buen “negociador”, conoce bien las leyes y los anexos (tablas económicas) del “sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación”, sólo así sacarás el máximo resultado del infortunio de sufrir un accidente.
En B2B-ASESORES somos abogados especializados en accidentes de circulación, y reclamaremos para obtener la mayor suma, ya sea por daños personales, daños materiales, etc.
¿Se recomienda un abogado para la reclamación?
Lo ideal es contratar una póliza de seguros que tenga la cobertura de asistencia jurídica EXTERNA. Esto te permitirá, en caso de siniestro, contratar a cualquier abogado experto en la materia sin límites ni presiones para resolver cuanto antes el caso.
Si has sufrido un accidente de tráfico y tienes un seguro a todo riesgo y/o la cobertura de reclamación de daños, lo más recomendable es pedir que el seguro te cubra la asistencia jurídica.
Ahora bien, el abogado de tu seguro va a hacer todo lo posible por llegar a un acuerdo amistoso y no extender mucho el proceso (le cuesta dinero a la aseguradora), así que ten en cuenta que, muchas veces, la indemnización a obtener puede no ser la que se podría señalar en un juicio asistido por un especialista en accidentes de tráfico.
Aquí te dejo con una web para hacer un cálculo aproximado de la indemnización que te correspondería.
Categoría 1. El cónyuge viudo | |
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Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía hasta 67 años | 90.000€ |
Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía hasta 67 años hasta 80 años | 70.000€ |
Hasta 15 años de convivencia, si la víctima tenía hasta 67 años hasta 80 años | 50.000€ |
Por cada año adicional de convivencia o fracción con independencia de la edad de la víctima | 1.000€ |
Categoría 2. Los ascendientes | |
A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía hasta 30 años | 70.000€ |
A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía más 30 años | 40.000€ |
A cada abuelo, sólo en caso de premoriencia del progenitor de su rama familiar | 20.000€ |
Categoría 3. Los descendientes | |
A cada hijo que tenga hasta 14 años | 90.000€ |
A cada hijo que tenga desde 14 años hasta 20 años | 80.000€ |
A cada hijo que tenga desde 20 años hasta 30 años | 50.000€ |
A cada hijo que tenga más de 30 años | 20.000€ |
A cada nieto, sólo en caso de premoriencia del progenitor hijo del abuelo fallecido | 15.000€ |
Categoría 4. Los hermanos | |
A cada hermano que tenga hasta 30 años | 20.000€ |
A cada hermano que tenga más 30 años | 15.000€ |
Categoría 5. Los allegados | |
A cada allegado | 10.000€ |